¡Tribu! No se pueden perder esta noticia. Ayer la suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que todas las aerolíneas que operan en México están obligadas a indemnizar a los pasajeros en caso de verse afectados por la sobreventa de vuelos. Ahora sí, ya no hay como se excusen.

 

“Las aerolíneas comerciales deben de indemnizar a los pasajeros a quienes se les niegue el abordaje por la sobreventa de los vuelos, con independencia de ofrecerle otras opciones”, se dijo. 

 

Se acordó que la indemnización deberá ser del 25 por ciento del precio del boleto, de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil que establece la compensación económica es aplicable independientemente de la opción a la que el pasajero acceda.

Asimismo, el poder judicial indicó que, aunque en la ley está implícito que la sobreventa representa un incumplimiento de contrato que puede causar otras afectaciones, además de la pérdida del vuelo, no contempla un resarcimiento íntegro si el usuario acepta ser compensado con alojamiento en un hotel, alimentos y transporte desde y hacia el aeropuerto. 

 

Profeco se pone de nuestro lado, pues cuando las acciones de una aerolínea afecten a por lo menos 30 usuarios, se puede iniciar una acción colectiva por medio de esta procuraduría.

 

Por si no lo sabías, desde 2017, la Procuraduría Federal del Consumidor decretó ciertas disposiciones que obligan a las aerolíneas a proporcionar a todos sus pasajeros un servicio eficiente y de calidad, así como a respetar e informar a los consumidores de manera veraz, adecuada, aclarando sus derechos y obligaciones. Conócelas aquí.

 

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